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Visa U para Victimas de Crímenes |
Información General: El propósito de la Visa U es dar a victimas de ciertos crímenes estatus legal temporal y elegibilidad de trabajo en los Estados Unidos hasta por 4 años. 10.000 visas U de no-inmigrante podrán otorgarse cada año fiscal. También podrán incluir miembros de la familia como esposos, hijos, hermanas solteras y hermanos menores de 18 años, madre y padre, incluyendo padrastros y padres adoptivos. La aprobación de la visa U automáticamente hará elegible de trabajo en Estados Unidos a quien la gane. Un documento de autorización de empleo será incluido para todos los solicitantes aprobados, el cual podrá presentarse a cualquier patrono para obtener un número de Seguro Social (Social Security) válido para empezar a trabajar legalmente. Actualmente las solicitudes de las visas U se llenan en el Vermont Service Center.
Solicitud de Visa U: El trámite para solicitar la visa U se presenta en el Formulario I-918 además de otros requerimientos. El o la solicitante deberá haber sufrido un sustancial abuso físico o mental provocado por una actividad criminal, en una o varias de las siguientes categorías: rapto, tortura, trafico de drogas, incesto, violencia domestica, asalto sexual, abuso sexual, prostitución, explotación sexual, mutilación de genitales femeninos, hostigamiento, detención ilegal, servidumbre involuntaria, trato esclavo, secuestro , restricción criminal ilegal, chantaje, extorsión, homicidio involuntario, asesinato, asalto criminal, manipulación de testigos, obstrucción de justicia, perjurio o tentativa, conspiración o solicitud para cometer alguna de las actividades mencionadas.
Las peticiones deberán incluir información de cómo las victimas podrán ayudar a los oficiales gubernamentales a aprender mas acerca del crimen incluyendo investigación y/o la prosecución del individuo que cometió el crimen. La victima además deberá de estar dispuesta a trabajar con la aplicación de la ley local. El crimen en si debió haber ocurrido en alguno de los territorios de Estados Unidos.
Una parte del Formulario I-918 deberá certificarlo un agente o autoridad federal local o estatal, o por un juez estatal o federal a cargo de la investigación donde el solicitante es la victima. Sin esta certificación la solicitud de la Visa U no podrá tramitarse. Sin embargo la certificación por si sola no garantiza la elegibilidad de todos los hechos a considerarse. La certificación individual deberá ser el eje para expedir la visa U y si en algún momento la victima no coopera con los esfuerzos de la ley, la certificación será retirada.
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